La nueva Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas (Canarias, diciembre 2025)
En diciembre de 2025 se publicó oficialmente la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas en Canarias, que establece un marco normativo integral para las viviendas vacacionales (VV) en todo el archipiélago. BOE
Objetivo principal:
La ley busca ordenar el uso turístico de viviendas, equilibrando la actividad vacacional con el derecho a la vivienda de los residentes para evitar la excesiva turistificación y escasez de casas disponibles para habitantes locales.
Principales novedades y efectos clave:
- Límites de uso: La ley establece que, por norma general, como mínimo el 90 % de las viviendas debe destinarse a uso residencial y hasta un 10 % máximo a vivienda vacacional por municipio (puede variar si el plan municipal lo justifica).
Islas verdes (incluida La Palma): en La Palma, así como en La Gomera y El Hierro, ese porcentaje se puede ampliar hasta un máximo del 20 % de viviendas destinadas a uso vacacional dentro de cada municipio, salvo que el planeamiento municipal justifique una proporción diferente. - Poder municipal: Los ayuntamientos deben elaborar planes urbanísticos que especifiquen dónde y cuántas viviendas vacacionales se permiten, con plazos para implementar inspecciones y supervisión.
- Antigüedad mínima: Las viviendas de nueva construcción no podrán destinarse al alquiler vacacional hasta pasados 10 años desde su construcción; las viviendas de protección oficial tampoco podrán ser para uso turístico, queda totalmente prohibido.
- Transición para los actuales propietarios: Quienes ya disponían de una vivienda vacacional VV podrán continuar explotándola bajo ciertas condiciones durante un periodo transitorio (generalmente cinco años, sujeto a excepción en zonas rurales o con menor presión).
📆 Entrada en vigor:
La ley comenzó a surtir efectos tras su publicación oficial en el Boletín Oficial en diciembre de 2025.
Puede descargar la ley completa aquí: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26358
La ley establece una pausa de cinco años para autorizar nuevas viviendas vacacionales (VV).
Esto significa que no se podrán otorgar nuevas declaraciones responsables o licencias de VV mientras el Ayuntamiento de turno no actualice y apruebe su planeamiento urbanístico municipal que permita explícitamente dónde y cuántas viviendas vacacionales podrán existir.
- La intención es dar tiempo a los municipios para planificar y regular urbanísticamente el uso turístico de viviendas.
- Hasta que ese plan municipal esté aprobado, la creación de nuevas VV queda en pausa.